Subsidios

Incapacidad temporaria absoluta

La incapacidad temporaria comprende: a). La enfermedad o accidente que imposibilite totalmente el ejercicio profesional por más de quince (15) días. El interesado deberá comunicar el accidente o enfermedad dentro de los quince (15) días de producida, pues en caso contrario perderá el derecho a la prestación por incapacidad temporaria absoluta, salvo que se acredite luego fehacientemente la incapacidad y las causales de fuerza mayor que hubieran impedido la notificación en término. Este beneficio consiste en una asignación mensual que se abonará al afiliado a partir de los quince (15) días de comienzo de la incapacidad total, por todo el período que dure la incapacidad que exceda dicho plazo y hasta la recuperación del afiliado o hasta un plazo máximo de un año. Esta incapacidad implica el cese de todo trabajo médico, mientras dure se evaluará por Junta Médica a pedido del interesado, o cada treinta (30) días. Producida la consolidación médica determinada por una Junta Médica con conformidad de ambas partes, o producida la consolidación jurídica, es decir, al año de ocurrido el evento, esta incapacidad se transforma en INCAPACIDAD TOTAL O PARCIAL PERMANENTE. Para el caso de los afiliados jubilados en actividad, el beneficio se abonará por el plazo máximo de seis meses por año calendario.

Requisitos:

  • Nota solicitando el beneficio Descargar
  • Formulario Incapacidad completado por el médico tratante junto con el resumen de historia clínica o certificado que avale el pedido Descargar
  • Formulario de cobro del beneficio Descargar
  • Estar al día en el pago de aportes y cualquier otra obligación crediticia con la Caja

Nacimiento y/o Adopción

Consistirá en una asignación única que se abonará al afiliado/a dentro de los cuarenta y cinco (45) días posteriores al nacimiento o a la adopción.

Requisitos:

  • Nota solicitando el beneficio
  • Estar al día en el pago de aportes y cualquier otra obligación crediticia con la Caja
  • Copia certificada de la partida de nacimiento
  • En el caso de adopción se deberá acompañar además testimonio completo del fallo judicial y partida de nacimiento con inscripción del menor a nombre de los padres adoptivos
  • Formulario de cobro del beneficio Descargar